Si estás comprando un piso de obra nueva en Benidorm o la Marina Baixa, el certificado energético ya viene incluido en el proceso. Pero hay algunos aspectos que conviene conocer para saber qué esperar y qué derechos tienes.
En el caso de edificios de nueva construcción, es el promotor quien está obligado a tramitar el certificado energético del edificio y de cada una de las unidades.
El promotor debe entregar al comprador la siguiente documentación:
Gracias a las exigencias del Código Técnico de la Edificación (CTE), concretamente el Documento Básico HE (Ahorro de Energía), los edificios nuevos deben cumplir unos requisitos mínimos que se traducen habitualmente en una calificación de A o B.
Si la promotora te ofrece un piso nuevo con calificación C, D o inferior, algo inusual habría ocurrido. Pide explicaciones.
Sí. La vigencia es la misma: 10 años desde la fecha de registro (en este caso, salvo que la calificación sea G, lo que sería muy extraño en obra nueva).
La entrega del certificado energético es una obligación legal del promotor, no una opción. Forma parte de la documentación que debe entregarse junto con las llaves y el libro del edificio.
Si la promotora no lo entrega, puedes:
Si en el futuro decides vender o alquilar el piso de obra nueva, necesitarás el certificado energético vigente. Si han pasado menos de 10 años desde que la promotora lo tramitó (y lo conservas), ese mismo certificado es válido. Si han pasado más de 10 años, necesitarás tramitar uno nuevo.
El certificado energético en PDF con el número de registro oficial es un documento que necesitarás en el futuro. Te recomendamos:
¿Tienes alguna duda sobre el certificado de tu vivienda nueva o de segunda mano? Consúltanos.
Contactar